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20 abr. 2012

Interoperabilidad jurídica de la geoinformación


Allí donde hay sociedad hay Derecho”. Este aforismo romano creo que puede ser reformulado en el ámbito geoespacial ya en pleno Siglo XXI: allí donde hay Derecho hay “espacio”.

Ciertamente podríamos dejar fuera de esa realidad espacial los intangibles, como por ejemplo las acciones que cotizan en mercados de valores. No obstante, casi todos los “datos” contienen un tiempo y un espacio que puede ser reflejado o ploteado geográficamente. Si logramos traer esa información espacial a un contexto visual, podrán ser vistos patrones y relaciones jurídicas, sociales y espacio-temporales que no podríamos obtener ni visualizar inmediatamente a través del simple análisis de las fuentes y recursos de inteligencia por sí solas.

En otras palabras, entendemos mucho mejor las diversas facetas de la realidad que nos rodea cuando las vemos plasmadas de forma conjunta, en su contexto y a través de capas de información superpuestas e integradas. Baste pensar en lo claro que nos resulta visualizar en un globo virtual un recorrido, con su paisaje o entorno, edificaciones y medios de transporte... Cada vez nos gusta más dejar apilados los gruesos mapas de carretera en papel para encender nuestro dispositivo de pequeña pantalla y navegar a través de la representación virtual de los recorridos que proyectamos realizar por tierra, mar y aire.

Así, es fácil estar de acuerdo en que esta aproximación colaborativa a la realidad geoespacial puede ayudarnos a aglutinar esfuerzos que nos faciliten comprender mejor, más rápido y con menos costes las distintas capas de geoinformación. Y también aprovechar los numerosos recursos y fuentes de información y “geodatos” de manera más efectiva, integrada y coherente para tomar decisiones y sacar adelante proyectos y procedimientos. De esta manera, todos preferimos una información fácil y accesible antes que complejas aplicaciones. Muchas veces, sólo queremos llegar a tiempo, pero bien, a un lugar u objetivo, y ello nos lo facilita un navegador, pero también un geolocalizador de servicios y productos. Incluso de un simple parking urbano…

En estas coordenadas, donde nos interesa la longitud y latitud (“X e Y”), pero también la altura (la famosa “Z”), no podemos quedarnos pegados sólo a los dispositivos o sus aplicaciones. Es posible gracias a esta interoperabilidad técnica alcanzar la interoperabilidad jurídica. Si es cierto que el Derecho sigue a la vida, a los portales de mapas y globos virtuales de diversa temática podrá seguir la norma. Pero no una norma petrificada, sino el Derecho más moderno e innovador, en el que nos servimos de la geoinformación, tanto de sus conjuntos de datos como de sus servicios de localización, visualización, etc. para conocer mejor y de modo más armónico la realidad a la que la norma jurídica deba ser aplicada.

Por ejemplo, si nuestra Administración Pública o empresa se dedica a prestar servicios o a distribuir productos de cualquier clase, le será muy útil conocer dónde ofrecerlos, en qué condiciones medioambientales, con cumplimiento de qué normativa vigente sobre instalaciones, construcciones o espacios sin humo, incluso con respecto a las distancias de seguridad o de no competencia, como sucede con las farmacias, además de asegurar que cumple con los estándares urbanísticos de calidad.

La interoperabilidad jurídica de la geoinformación facilita conocer las implicaciones jurídicas y tecnológicas que, en relación al espacio terrestre, marítimo y aéreo, se suscita en todos los niveles, en la sociedad en general, en el desarrollo comercial e industrial, y en las relaciones particulares, sociales y económicas de ciudadanos y empresas. Pienso que se precisa un buen nivel de servicio y una sólida arquitectura tecnológica para que la información geoespacial disponible nos resulte realmente efectiva y eficiente, también en el ámbito jurídico, administrativo y judicial.

En suma, nos encontramos ante la necesidad y el reto de coordinar los requerimientos tecnológicos y las exigencias jurídicas para poder operar decididamente y de forma interdisciplinar en las diversas materias cotidianas, como medio ambiente, agua, gas, petróleo y recursos naturales, ordenación territorial, gestión sanitaria, mejora de servicios y productos, junto a otras numerosas aplicaciones.

Esta interoperabilidad jurídica requiere en la práctica que los datos espaciales necesarios a nivel nacional, federal –regional- o local nos permita a los agentes técnicos y operadores jurídicos interrelacionar de manera eficiente las diferentes políticas públicas y privadas a desarrollar o aplicar.

En definitiva, creo que algunos principios resultan esenciales: 1) full and open sharing, para alcanzar la necesaria interoperabilidad y el fácil acceso a toda la información geoespacial disponible, de fuentes públicas o privadas; 2) data collecting, para el adecuado intercambio de geoinformación y conjuntos de datos en los niveles nacional, federal –regional- y local; y 3) accesibility, con un elevado grado de transparencia y reutilización de información del sector público y de desarrollo de los “datos abiertos” (“open data”).

En conclusión, no hace falta una legislación geoespacial profusa, sino aplicar los principios claros de la normativa que permiten el mayor desarrollo y la generalizada utilización jurídica, económica y social de la geoinformación.

Publicado por Efrén Díaz (Bufete Mas y Calvet).

29 dic. 2011

De la “ciencia ficción” a la “ciencia geoespacial”

Pienso que el año 2011, en el que el nombre de Steve Jobs ha quedado esculpido para la Historia, ha supuesto un importante salto del “social not-working” al empleo de tecnologías para el auténtico “social networking”.

En el ámbito del derecho geoespacial ha quedado también confirmado en las recientes II Jornadas Ibéricas de Infraestructuras de Datos Espaciales (JIIDE) celebradas en Barcelona. Sin duda, al networking geoespacial ha contribuido la aprobación aquellos días del Real Decreto (Real Decreto 1495/2011, de 24 de octubre) por el que se desarrolla la Ley sobre reutilización de la información del sector público, para el sector público estatal (Ley 37/2007, de 16 de noviembre).

Esta norma culmina la tramitación de una Ley que, siguiendo las mejores prácticas del Gobierno Abierto, fue sometida a un enriquecedor trámite de información pública. A pesar de algunos aspectos criticables por incompletos o confusos, esta nueva norma ha sido recibida con el apoyo generalizado del sector privado, la sociedad civil y el sector público.

El objetivo del Real Decreto es situar a España junto a países de vanguardia en materia de apertura de datos públicos, como Estados Unidos (http://www.data.gov/) o Reino Unido (http://data.gov.uk/), los cuales incluyen también datos personales de los ciudadanos. La norma aprobada en España permitirá la creación de nuevos productos y servicios de valor añadido en el sector de los contenidos digitales, como por ejemplo las nuevas sedes electrónicas, y contribuirá a la transparencia en la actuación de las administraciones públicas.

En este contexto, el año 2012 presenta nuevas oportunidades para seguir avanzando en la “ciencia geoespacial”, que progresivamente deja de ser “ciencia ficción” para convertirse en una herramienta cotidiana de trabajo.

En primer lugar, el estado de la tecnología ya dispone de dispositivos y de aplicaciones capaces de que los “big data” sean cada vez mayores y mejores, con un impacto no sólo técnico, sino también social, empresarial y práctico, pues los profesionales, también los de la abogacía, y los usuarios cada vez más saben cómo acceder y emplear grandes cantidades de datos como la información geoespacial. Baste el ejemplo de la consulta y descarga masiva de datos catastrales. Percibo, y no soy el único, que los directivos y gestores de negocios y administraciones cada día valoran más y mejor la disponibilidad y la interoperabilidad de la información para, con ella, tomar buenas y acertadas decisiones, muchas de las cuales tienen un indudable componente geoestratégico.

En segundo término, impresiona que la adopción de tecnologías móviles vaya ocupando un espacio cada vez mayor en el ámbito de las empresas y negocios, no sólo por la multiplicación de dispositivos de reducido tamaño sino también por la amplitud de aplicaciones que, con un masivo empleo de información espacial y geográfica, facilitan numerosos procesos de trabajo. En el marco de la Directiva ISP, la Unión Europea ha publicado el sorprendente dato de que en la actualidad es geoinformación el 76% de la totalidad de la Información del Sector Público.

Así, por último, es probable que el próximo año 2012 permita seguir creciendo en la difusión de la geoinformación, pero sobre todo en su utilización a través de los dispositivos de pequeña pantalla y aplicaciones móviles. Y lo que me parece más interesante es que, poco a poco, el “software empresarial” se parece más al “software de usuario”, más fácil de usar, más rápido, con menor necesidad de ser un “gurú tecnológico” para poder emplear potentes aplicaciones.

Se vislumbra además que en 2012 el incremento del uso de tecnología móvil será creciente, y desde la perspectiva del Derecho Geoespacial sería deseable el fomento de la interoperabilidad jurídica, y no sólo tecnológica, a través de sistemas específicos y oficiales, basados tal vez en la computación en nube, fomentando así no sólo el “social computing” sino también el “social networking”, gracias a las herramientas de colaboración disponibles, muchas de ellas de libre acceso y de muy reducido coste.

En definitiva, se confirma que las empresas y organizaciones desean los mejores datos, incluidos los geoespaciales, que les ayuden a tomar las mejores decisiones. Aunque no sea fácil, la buena y amplia información pública y espacial disponible ya recogida permite que los datos puedan ser bien analizados.

Publicado por Efrén Díaz (Bufete Mas y Calvet)