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25 may. 2018

Modificación de la LISIGE

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2018-6891

Anteayer, día 23 de mayo, se publicó en el BOE la modificación de la Ley 14/2010 sobre las Infraestructuras y Servicios de Información Geográfica de España (LISIGE) necesaria para que la ley española esté completamente alineada con la Directiva Europea INSPIRE (2007/2/CE) y la trasponga con total fidelidad.

¿Qué cuáles son los cambios? Pues muy pocos y de detalle: 
  • Se aclara el concepto de «tercero», habitual en al legislación española, como «cualquier persona fisica o jurídica distinta de las anteriores».   
  • Se añade un  pequeño matiz a la definición de IDE (artículo 3, apartado 1 a)) al añadir: «... y los mecanismos, procesos y procedimientos de coordinación y seguimiento establecidos, gestionados o puestos a disposición de conformidad con lo dispuesto en la presente Ley».
  • Se añaden explícitamente dos funciones del Consejo Superior Geográfico relacionadas con las IDE (artículo 4, apartado 2):  
    • «d) Garantizar que se pone a disposición de las autoridades públicas o de terceros toda información, incluidos los códigos y las clasificaciones técnicas necesarios para el cumplimiento de las normas de ejecución a que se refiere el artículo 6, apartado 1, en condiciones que no restrinjan su utilización a tal efecto.   
    • e) Con el fin de garantizar la coherencia de los datos espaciales relativos a un elemento geográfico situado a ambos lados de la frontera con otros Estados miembros, se decidirá de común acuerdo con esos Estados miembros, si procede, la descripción y posición de dichos elementos comunes».
  • Se describen más en detalle las obligaciones de las AA. PP. españolas para implementar INSPIRE en los plazos establecidos (artículo 6, apartado 2):
    «...garantizarán que todos los datos geográficos recogidos recientemente y ampliamente reestructurados y los correspondientes servicios de información geográfica estén disponibles, de conformidad con las normas de ejecución a las que se refiere el apartado 1, en un plazo de dos años a partir de su adopción, y que los demás conjuntos de datos espaciales y servicios aún utilizados estén disponibles de conformidad con las normas de ejecución en un plazo de siete años a partir de su adopción. Los datos geográficos se adecuarán a tales normas de ejecución, dictadas por la Comisión Europea, mediante la modificación, en su caso, de los datos geográficos ya existentes, o mediante su transformación utilizando los servicios especificados en el artículo 11.1.d) de esta Ley».
  • Y se incluyen (anexo I, apartado 1 c)) en el Equipamiento Geográfico de Referencia Nacional los sistemas de cuadriculas geográficas y cartográficas, «constituido por las cuadrículas armonizadas multirresolución con un punto de origen común y con ubicación y tamaños de cuadrícula normalizados».
Aquí tenéis el texto completo: Ley 2/2018 de 23 de mayo.

Salud e interoperabilidad.

Publicado por Antonio F. Rodríguez.

21 jun. 2010

Se aprueba la LISIGE


El pleno del Congreso español aprobó el pasado jueves, 17 de junio de 2010, la llamada Ley de Infraestructuras y Servicios de Información Geográfica en España (LISIGE), la ley que transpone la Directiva Inspire (2010/02/CE) al cuerpo legislativo español. La finalidad perseguida es actualizar la normativa existente en la materia, adaptarla a las nuevas exigencias de la UE y hacer más accesible la información geográfica a los ciudadanos.

La nueva Ley coordinará a las administraciones y los organismos del sector público para poner en común los datos geográficos y los servicios de información geográfica, de forma que puedan compartir, a través de infraestructuras accesibles e interoperables, los datos recogidos con la máxima actualidad, fiabilidad y eficiencia.

También obliga a dar acceso a los ciudadanos a los servicios de información geográfica integrados en esas infraestructuras, facilitando así su incorporación a la Sociedad del Conocimiento y el aprovechamiento de sus múltiples capacidades para el diseño y ejecución de proyectos de base territorial, generadores de actividad y desarrollo económico.

Para más información, véase la noticia de Europa Press.

Es una excelente noticia. ¡Ya tenemos una Ley española sobre las IDE! En breve se publicará en el BOE, entrará en vigor y podremos analizar y estudiar el texto final.

Queremos felicitar a todas las personas que, poniendo lo mejor de sí mismas, han estado trabajando y colaborando estos ultimos años en el proyecto IDEE y han contribuido y ayudado para que este nuevo marco legal sea hoy una realidad. Enhorabuena a todos ellos porque éste es un éxito de la comunidad IDE. Felicidades.

Publicado por Antonio F. Rodríguez

20 ene. 2010

Transposiciones de INSPIRE

En este blog vamos informando, gracias a nuestro colaboradores, del estado en que se halla el proceso de transposición de la Directiva INSPIRE al ordenamiento español. Recientemente el Consejo de Ministros aprobó su remisión a las Cortes Generales, con el nombre de Ley sobre las Infraestructuras de Información Geográfica de España (ver aquí una presentación de la propuesta de Ley).

Vamos retrasados, el plazo terminaba el 14 de mayo pasado. ¿Esto es malo? La pregunta inmediata es: ¿y el resto de Europa? Pues un poco de todo, como se puede apreciar en la página de Eur-lex con las disposiciones nacionales comunicadas por los Estados miembros y relativas a la Directiva INSPIRE. Que cada cual haga su valoración.

Publicado por Joan Capdevila

4 ene. 2010

El Consejo de Ministros envía la Ley sobre IDE al Congreso


El Consejo de Ministros, en la última sesión del año 2009, ha aprobado definitivamente (¡al fin!) la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley sobre las Infraestructuras de Información Geográfica en España, que servirá para actualizar la normativa existente en esta materia, adaptarla a las nuevas exigencias de la Unión Europea y hacer más accesible la información geográfica a los ciudadanos.

Las infraestructuras de información geográfica contienen la información sobre el territorio aportada por las distintas Administraciones Públicas, información que deberá estar al alcance de cualquier usuario a través de Internet.

La nueva Ley, que ya fue examinada como Anteproyecto el pasado mes de julio también por el Consejo de Ministros, tiene por objetivo la coordinación entre las Administraciones y los organismos del sector público para la puesta en común de los datos geográficos y los servicios de información geográfica, de forma que puedan compartir, a través de infraestructuras accesibles e interoperables, los datos recogidos con la máxima actualidad, fiabilidad y eficiencia. También contiene la obligación de dar acceso a los ciudadanos a los servicios de información geográfica integrados en esas infraestructuras, facilitando así su incorporación a la Sociedad del Conocimiento y el aprovechamiento de sus múltiples capacidades para el diseño y ejecución de proyectos de base territorial, generadores de actividad y desarrollo económico.


Publicado por Antonio F. Rodríguez