13 ago. 2010

Visión jurídica sobre la LISIGE (parte 2)


1. Preámbulo: “pleno reconocimiento jurídico de la información geográfica”.

El Preámbulo de la Ley 14/2010 recogió en su borrador inicial una importante afirmación: “el desarrollo de las infraestructuras de información geográfica requiere ajustarse a protocolos y especificaciones normalizadas, de manera que las actuaciones llevadas a cabo por cualquier agente se integren en un ámbito más extenso, tanto temático como territorial”.

Siendo así, propusimos añadir un aspecto sustantivo que ha mantenido finalmente la Ley aprobada, además de haberlo glosado el Consejo de Estado y la Memoria del Proyecto de Ley: “con pleno reconocimiento ante terceros interesados y con efectos jurídicos y técnicos de conformidad con la normativa aplicable”.

Entendemos que encuentra su fundamento, entre otros, en la necesidad práctica de emplear los servicios de datos espaciales facilitados por la Ley aprobada, en múltiples actuaciones de carácter jurídico, tanto judicial como, sobre todo, extrajudicial, así como técnico.

La Memoria Justificativa del Gobierno, partiendo de la anterior adición propuesta por el Bufete Mas y Calvet, consideró en la línea de los fundamentos y del rango de la Ley que, “por esta razón, es necesario establecer un marco común para el desarrollo de dichas infraestructuras, de información geográfica. El establecimiento de ese marco común y la necesidad de coordinación entre todos los agentes públicos concernidos son circunstancias que conducen inexorablemente a desarrollos normativos con rango de ley.”

1.1. “Geoinformación en trámites administrativos o procesos judiciales”.

De otra parte, hicimos algunas propuestas ante las dificultades encontradas en la práctica a la hora de admitir la información geográfica en trámites administrativos o procesos judiciales. Destacaría entre tales dificultades las dudas planteadas acerca de la validez y valor de datos geográficos certificados, además de los obstáculos planteados al tratar de mostrar on-line mediante el visor de la IDEE y otros similares diferentes aspectos cartográficos o geográficos, debido a “visiones restrictivas” del empleo telemático de los nuevos servicios de datos espaciales. La nueva Ley Geoespacial termina finalmente con el argumento de la “inseguridad” de la información facilitada y la falta de “prueba” de coincidencia entre la representación gráfica y la realidad física representada, con su pleno reconocimiento ante cualquier interlocutor sea técnico o sea jurídico.

En concreto, la “enmienda de adición” se dirigía a “la forma de resolver estos problemas”, y ante los que el borrador inicial se había posicionado en clave de solución: “pasa por tomar medidas que atiendan al intercambio, puesta en común, acceso y utilización de datos geográficos y de servicios de información geográfica interoperables, medidas que conciernen a los diferentes niveles de la autoridad pública y a los diferentes sectores”, incluyendo los privados.

Así, la redacción final de la Ley se hace eco, en otras palabras, de la propuesta formulada: “precisan de mayor eficacia en el empleo de la información geográfica, mediante sistemas favorables a su aplicación general en toda clase de procesos y procedimientos, con garantías suficientes ante terceros que aseguren la plena interoperabilidad”. Esta interoperabilidad se incorporó en el último borrador de forma generalizada, por su importancia no sólo técnica sino además jurídica.

La LISIGE afirma ahora que “se han considerado que los problemas relativos a la disponibilidad, calidad, organización, accesibilidad y puesta en común de información geográfica son comunes a un gran número de políticas y de temáticas, y se hacen sentir en los diferentes niveles de la autoridad pública; y la forma de resolver estos problemas pasa por adoptar medidas que atiendan al intercambio, puesta en común, acceso y utilización de datos geográficos y de servicios interoperables de información geográfica”.

1.2. “Efectos jurídicos y técnicos de la geoinformación”.

Una de las enmiendas de adición que propusimos y que más me ha alegrado haya prosperado literalmente, en beneficio de las aplicaciones geográficas y del Derecho Geoespacial, ha sido la que vuelvo a transcribir: “que sea posible localizar los datos espaciales disponibles, evaluar su adecuación para un determinado propósito y conocer sus condiciones de uso, así como sus efectos jurídicos y técnicos de conformidad con el Ordenamiento vigente”.

Desde el texto de propuesta de enmiendas sostenemos que su fundamento reside en el interés de los metadatos, los cuales conforme a la Directiva INSPIRE permitirán identificar y evaluar la eficacia técnico-jurídica de la información geoespacial.

En consecuencia, se imponía una nueva adición, favorablemente acogida por la Ley 14/2010, en relación con el empleo de “la información geográfica en poder de personas físicas o jurídicas diferentes de las Administraciones y organismos del sector público”, para incluir expresamente a usuarios y agentes jurídicos destinatarios de la información geográfica, ampliando no tanto el ámbito de aplicación como los efectos de dicha aplicación, con el fin de facilitar un mayor reconocimiento de tal información y cualificar su aplicación por tales agentes mediante convenios de colaboración.

1.3. “Agentes jurídicos y periciales”.

Aunque la parte relativa a “convenios de colaboración” ha sido incorporada en la política general de difusión de datos espaciales y servicios, la Ley ha prestado atención, con las enormes posibilidades que ello abre, a “la información geográfica en poder de personas físicas o jurídicas diferentes de las Administraciones y organismos del sector público, especialmente los agentes jurídicos y periciales, siempre que tales personas así lo soliciten”.

Se otorga así a la información geográfica empleada o a disposición de Peritos y Abogados, o de agentes técnico-jurídicos similares, el reconocimiento oportuno para el empleo cualificado de los datos espaciales, como prueba iuris tantum, en defecto de información mejor o más cualificada, y se facilita la efectiva compatibilidad y utilización transfronteriza de la información geográfica, esencialmente interoperable.



Publicado por Efrén Díaz Díaz
BUFETE MAS Y CALVET

12 ago. 2010

Visión jurídica sobre la nueva Ley de las infraestructuras y los servicios de información geográfica en España (LISIGE)

Efrén Díaz aprovechando el viaje Londres Vancouver con motivo de su asistencia a GEOWEB 2010 nos pone al día sus pensamientos sobre los aspectos jurídicos de la "Ley Geoespacial", aprobada por la Ley 14/2010.

Sus reflexiones las entregaremos en 4 post durante las próximas semanas.

La aprobación de la Ley 14/2010, de 5 de julio, presenta un marco jurídico amplio y nuevo para el desarrollo de nuevas aplicaciones geoespaciales, técnicas y además jurídicas. Los aspectos técnicos han sido considerados en el marco de la Directiva INSPIRE, si bien las facetas jurídicas han quedado en ocasiones silenciadas. ¿Aporta algo la nueva Ley al Derecho Geoespacial?


Enfoque

La nueva “Ley Geoespacial”, Ley 14/2010, de 5 de julio (LISIGE en su acrónimo), una vez promulgada transpone a la legislación interna española la Directiva 2007/2/CE, de 14 de marzo de 2007, por la que se establece una infraestructura de información espacial en la Comunidad Europea (Inspire). Su contexto es europeo, pero su origen también es nacional, al contar España desde 1986 con su Ley de Ordenación de la Cartografía, de sobresaliente calidad legislativa y precedente aventajado de la Directiva de 2007.

La Ley Geoespacial ha acometido la transposición de la norma europea con un enfoque que me atrevería a calificar de “magnánimo”, de miras altas, pues no se ha limitado a la competencia medioambiental europea, sino que con amplitud de horizontes y un enfoque transversal ha querido ser el referente cartográfico para las infraestructuras de datos espaciales y para los servicios que se prestan a través de ellas. La Ley 14/2010 constituye un complemento adecuado de la Ley de Ordenación de la Cartografía, cuyo objeto es la regulación de la producción cartográfica del Estado, con respeto a la distribución de competencias de las Comunidades Autónomas.

Los antecedentes de la Ley aprobada han sido muy ricos, y se trata de una Ley que ha contado con el consenso técnico y jurídico desde sus albores legislativos. No siempre sucede así, y sin duda su solvencia legislativa ayudará decisivamente a disponer de un instrumento del máximo rango normativo que aglutina ya el interés común y compartido de especialistas de muy diversas materias.

En relación con el objeto de la Ley 14/2010 cabe destacar que el Dictamen del Consejo de Estado de 17 de diciembre de 2009 señaló que “los sistemas de información geográfica se han convertido en instrumentos esenciales para la planificación, coordinación, seguimiento y control de múltiples políticas públicas”. Así lo podemos confirmar los agentes jurídicos no sólo públicos, por la relevancia jurídica y la trascendencia cotidiana que cobran los sistemas y aplicaciones geoespaciales para la mejor resolución de expedientes administrativos y procedimientos judiciales.

Entre otros, fue el Ministerio de Economía y Hacienda quien apuntó desde el primer borrador la inconveniencia de circunscribir la norma exclusivamente al ámbito de las políticas de medio ambiente. Por nuestra parte, compartimos ese criterio, pues nuestra legislación cartográfica no se ha limitado a las cuestiones medioambientales, a las que, por otra parte, siempre ha prestado notable atención.

Su Exposición de Motivos fue clara y muy avanzada en el tiempo al sostener ya en 1986, en los primeros momentos de nuestra incorporación a la Unión Europea, que “La multiplicidad de organismos públicos que en la actualidad desarrollan, de manera concurrente y en ocasiones inconexa, trabajos de cartografía, ha abocado a una situación en la que se hace posible la dispersión, y aun la duplicidad, de los recursos públicos destinados a este tipo de actuaciones”. Si así sucedía con una cartografía conformada principalmente sobre soporte papel, en la actualidad el “cuidado de la Ley” por unificar e integrar la geoinformación reviste nuevos perfiles con la puesta en línea de los datos espaciales y la prestación de servicios asociados, especialmente a través de Internet y otros medios telemáticos. La interoperabilidad de sistemas, aplicaciones y datos espaciales es y será esencial.

Contando con que pronto sean muchos los que comenten los aspectos técnicos de la Ley Geoespacial, que tanto nos enriquecerán, en estas líneas nos centraremos en algunas de las facetas jurídicas que presenta la Ley 14/2010, conscientes de su novedad y, quizá, de su deseada incorporación.

Para ayudar al lector, seguiremos el orden que finalmente ha cristalizado en la Ley, aunque hagamos referencia a las “Enmiendas y Consideraciones al Borrador de octubre de 2008” que presentó el Bufete Mas y Calvet, o al Anteproyecto de Ley y sus diversos documentos y memorias. Y solamente destacaremos las adiciones o enmiendas más relevantes pensando en su aplicación geoespacial práctica, incluso en sede administrativa o judicial.

Publicado por Efrén Díaz Díaz
BUFETE MAS Y CALVET

11 ago. 2010

SIG arqueológico

En junio de 2010 se presentó SICAC, una plataforma GIS para el Conjunto Arqueológico de Carmona, con dos vertientes, un enfocada a la difusión, SICAC Web, montado sobre Mapserver y Pmapper, donde se pueden consultar varias capas de información, siendo la novedad de incluir más de 200tumbas en formato PDF3D previamente escaneadas mediante escaner láser.

Por otro lado, toda esos datos se encuentran ampliados, con modelos 3D de varias resoluciones y una mayor cantidad de información histórica y bibliográfica, en el Conjunto Arqueológico de Carmona a través de la plataforma SICAC Desktop, desarrollada sobre gvSIG.

video con guía de uso:



enlace a web oficial CAC: http://www.juntadeandalucia.es/cultura/museos/CAC/index.jsp?redirect=visitaVirtual.jsp

Publicado por Agustín Díaz

10 ago. 2010

Mitad sur


«El gran campo de batalla para la defensa y expansión de la libertad hoy en día es toda la mitad sur del globo - Asia, Latinoamérica, África, y Oriente Medio.»
-John F. Kennedy, discurso de 1961 al congreso de EEUU.

Vale, quizás llegue medio siglo tarde, pero le he estado dando vueltas... ¿JFK llegó a tener un globo terráqueo?

Más humor sólo apto para ingenieros, con altas dosis de sarcasmo y matemáticas, en XKCD (CC-by-nc).

Publicado por Iván Sánchez Ortega
OpenStreetMap

9 ago. 2010

Google y la neutralidad de la red


Según una noticia publicada en EL PAÍS, Google y Verizon (uno de los mayores proveedores de Internet en EEUU) han revelado que están participando, junto con AT&T y Skype, en una ronda de reuniones a puerta cerrada convocadas por la Comisión Federal de Comunicaciones (FCC) sobre la neutralidad en la red. En los últimos meses grandes corporaciones con gran presencia en la web han estado presionando al Congreso de EEUU para que defina qué es exactamente ese concepto de neutralidad en Internet y apruebe una legislación sobre el tema.
Una propuesta entiende que neutralidad en la red es la protección igualitaria de los derechos de todo aquel que quiera publicar contenidos en la web. Según esta definición, las compañías proveedoras de conexión a Internet no deberían ralentizar un tipo de tráfico de información frente al resto, como pretenden hacer con el intercambio de archivos P2P porque utiliza un ancho de banda excesivo.
Curiosamente, Google es una de las empresas que parece mantener vivo el debate. Por otro lado, un tribunal de apelación de Washington estableció que el Gobierno no tiene derecho a obligar a las compañías a que traten a sus clientes con neutralidad, dando así la razón a las proveedoras de Internet que sostienen que el Gobierno debe mantenerse al margen de libre mercado y dejarles actuar a su antojo, como ocurre ahora mismo.
Vamos a ver, las preguntas se agolpan en nuestra mente.
¿Cómo que el libre mercado sin regulación va a originar la mejor solución en la red? ¿No hemos visto ya que el sueño del liberalismo produce monstruos? ¿No demostró ya la mente maravillosa de John Nash que las soluciones colectivas son las mejores?
¿Cómo es que Google y Verizon son los que dan noticia de esas reuniones convocadas por el FCC? ¿Es acaso Google más transparente que el Gobierno de los EEUU?
¿Cómo es que el que parece ser todopoderoso FCC debate con las cuatro empresas que considera más adecuadas y a puerta cerrada la neutralidad de la red? ¿Es realmente tan poco transparente y democrática la red en la que hoy en día se parte el bacalao? ¿Para cuando una convención internacional en la que todos los países puedan estar representados para acordar la organización de la Infosfera? Algo parecido a la Unión Internacional de Comunicaciones que administra el dominio público radioeléctrico.
Y por último ¿El tráfico de datos geográficos, muy voluminosos y a menudo disponibles mediante servicios web, va a restringirse también? ¿Quién lo decidiría?
No salimos de nuestro asombro. Navegar para ver.

Imagen de http://intercambia.net/

Publicado por Antonio F. Rodríguez

5 ago. 2010

Curso de formación sobre INSPIRE

En el boletín de noticias de INSPIRE publicado el mes pasado aparece una noticia muy interesante relacionada con un curso de formación en la Directiva INSPIRE.

Este curso tiene una duración de un día y está diseñado para los profesionales de las organizaciones que estén interesados en aprender a publicar sus conjuntos de datos cumpliendo los requisitos establecidos por las Normas de Ejecución de INSPIRE.

Una vez concluido el curso, los asistentes habrán adquirido conocimiento para:

- publicar sus datos según las especificaciones armonizadas de INSPIRE,
- transformar y publicar sus datos cumpliendo las Normas de Ejecución,
- poner sus conjuntos de datos a libre disposición según los diferentes servicios de descarga definidos por INSPIRE,
- proporcionar datos y servicios a las Infraestructuras de Datos locales, regionales y Nacional.

El curso se imparte en Southampton (UK) y hay varias fechas: 17 de agosto, 7 de septiembre y 5 de octubre

Toda la información sobre este curso se encuentra disponible en:

http://www.snowflakesoftware.com/training/inspire/index.htm

Publicado por Equipo IDE del IGN

Se abre el geoportal de la IDE de Venezuela

Recientemente se ha abierto el geoportal nacional de la IDE de Venezuela, el llamado Geoportal Simón Bolívar, con una abrumadora cantidad de datos geográficos disponibles vía WMS, una interfaz cómoda y agradable y una velocidad de respuesta francamente buena.

Las dos capas de referencia están incluidas en un único servicio WMS y proporcionan una base de datos vectorial de cartografía básica y una capa de imágenes ráster:

http://www.geoportalsb.gob.ve/tilecache/tilecache.py?REQUEST=GetCapabilities&SERVICE=WMS

Desde el Geoportal se puede acceder a un Catálogo de Metadatos implementado con GeoNetwork y al SIGOT, el Sistema de Información para la Gestión y Observación del Territorio, construido sobre un visualizador estándar de la misma tecnología que da acceso a 24 capas de datos organizados en 4 servicios WMS sobre: Áreas bajo régimen de Administración Especial, el Plan Nacional de Ordenación del Territorio, el Plan de Ordenación y Gestión Integral Territorial de las Zonas Costeras, y la Demarcación de Tierras Indígenas.

Todo el proyecto ha sido desarrollado utilizando aplicaciones de Software Libre y la institución que ha desarrollado y liderado la iniciativa es el Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar (IGVSB) que ha celebrado recientemente su décimo aniversario.

Felicidades a nuestros compañeros venezolanos por esta IDE que se suma a la comunidad iberoamericana y mundial. La implementación de una IDE es una tarea compleja, que entraña complicaciones administrativas, burocráticas y organizativas considerables, difíciles de superar, que hacen que haya que invertir grandes esfuerzos para lograr disponer de resultados visibles en la web.

Así que nuestra más cálida, cariñosa y cercana enhorabuena por el excelente trabajo realizado y la vistosidad de los recursos puestos a disposición de los usuarios.

Publicado por Antonio F. Rodríguez

4 ago. 2010

Lanzamiento de la aplicación opensource ServiceCube

Nos complace anunciar que ya está disponible la nueva versión de la aplicación de Catálogo de Servicios, ServiceCube (versión 2.1.0), bajo licencia de Software Libre (GNU Lesser General Public License). Se trata de una evolución del software distribuido anteriormente bajo la denominación de CatMDServices, que se ha incluido dentro del proyecto SpatiumCube, siguiendo su objetivo de ofrecer un marco de integración de diferentes tecnologías software que faciliten la creación de Infraestructuras de Datos Espaciales (IDEs).

ServiceCube es una aplicación web que surge como iniciativa del Instituto Geográfico Nacional de España (IGN) y fruto de la colaboración científico/técnica con el Grupo de Sistemas de Información Avanzados de la Universidad de Zaragoza (IAAA) y el apoyo tecnológico de GeoSpatiumLab (GSL), para permitir de una forma fácil e intuitiva, la documentación y exploración de servicios web mediante registros de metadatos. La herramienta ha sido implementada con J2EE y la tecnología GWT y en su primera versión posee las siguientes características:

  • Multiplataforma (Windows, Unix). Debido a que ha sido desarrollada con J2EE y el almacenamiento de registros de metadatos se realiza directamente sobre el sistema de ficheros, la aplicación puede ser desplegada en cualquier plataforma, teniendo como requisitos mínimos el tener instalado Tomcat y la máquina virtual de Java. En el lado cliente los usuarios únicamente necesitan un navegador web con soporte para Javascript.

  • Multilingüe. La aplicación se ha desarrollado siguiendo la metodología de internacionalización de Java. Actualmente, soporta los idiomas Español, Inglés, Francés, Portugués, Catalán, Gallego y Euskera. Con poco esfuerzo adicional se pueden incorporar otros idiomas.

  • Documentación de los servicios conforme a las Normas de Ejecución de metadatos de la Directiva INSPIRE para descripción de servicios (y su correspondencia con ISO19115/19119).

  • Búsqueda de registros de metadatos de servicio almacenados en el repositorio local de acuerdo a diferentes criterios, como pueden ser la extensión geográfica de los datos que provee el servicio, palabras clave, tipo de servicio o proveedor.

  • Generación automática de registros de metadatos a partir de la operación "getCapabilities" soportada por los servicios que siguen las especificaciones de OGC (WMS, CSW, WFS, WCS o WPS).

  • Tesauros y listas controladas para facilitar la edición de metadatos, permitiendo a los creadores de registros de metadatos utilizarlos para rellenar algunos elementos de dichos metadatos. El uso de vocabulario controlado facilita la correspondencia entre una palabra clave seleccionada y un gran conjunto de registros de metadatos.

  • Ayuda en línea.
ServiceCube puede descargarse de la siguiente dirección: http://spatiumcube.sourceforge.net/components.html

Publicado por Grupo de Sistemas de Información Avanzados de la Universidad de Zaragoza (IAAA)
GeoSpatiumLab (GSL)

3 ago. 2010

Publicación de los datos públicos


No sólo de toros se habla en los periódicos. El pasado sábado se hablaba en el país de la liberación de los datos de las Administraciones Públicas en un artículo brillantemente titulado "Administraciones: los datos no les pertenecen". En el texto se mencionan varios ejemplos muy interesantes de atractivas aplicaciones desarrolladas gracias a que las administraciones (¡por fin!) han empezado a publicar sus datos:

- En Reino Unido basta con que un ciudadano introduzca en http://www.wheredidmytaxgo.co.uk/ (adónde fueron mis impuestos) sus ingresos brutos de los últimos ocho años, la edad y el sexo y puede saber qué tanto por ciento de sus impuestos se ha invertido en pensiones, sanidad, educación, defensa, etc. (El único problema es tener a mano la Declaración de los últimos ocho años). Tan curiosa aplicación ha sido desarrollada por un grupo de internautas aprovechando los datos disponibles en http://data.gov.uk/

- En EEUU, http://www.data.gov/ publica en la web montañas de datos sobre los más variados temas, más 272.000 bases de datos. Una aplicación basada en ingentes datos estadísticos así publicados calcula la probabilidad de que un vuelo en particular se retrase (http://flyontime.us/ ).

- El Ayuntamiento de Washington informa de si cumple o no sus objetivos (http://track.dc.gov/).

- En España, el Ejecutivo vasco ha comenzado a publicar datos en http://opendata.euskadi.net/ y en http://www.irekia.euskadi.net/ , permite comentar las leyes y disposiciones legales vascas; el Ministerio de Política Territorial muestra en un mapa los 25.376 proyectos aprobados del Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad . Algo parecido hace el Ayuntamiento de Gijón, el Municio más transparente de España según Transparencia Internacional España, al publicar una cantidad de datos abrumadora sobre su callejero.

Y varios ejemplos más:

- http://www.proyectoaporta.es/ : El proyecto Aporta es una inciativa de red.es para promver la reunitlización de la información del sector público. Aquí se listan entrada a las bases de datos de la Administración General del Estado ya disponibles. Aquí hay un catálogo de dato disponibles con 446 entradas.

- http://infocarretera.com/ : permite consultar desde el móvil si hay un atasco en la vía que se va a tomar, o consultar las imágenes de las cámaras sobre la circulación. Sólo está disponible en Euskadi y es la aplicación que ha ganado el Primer Premio del Desafío Abre Datos 2010, el concurso organizado por ProBono Público del que ya se ha hablado aquí.

- http://www.misparadas.com/: usa información de la red de autobuses municipales de Madrid para que el usuario puede consultar cuál es la parada más cercana o cuándo llega el próximo autobús a su parada.

- http://www.elpreciodelagasolina.com/ : permite encontrar, en una localidad determinada, dónde está la estación de servicio que vende a mejor precio un combustible determinado.Utiliza la información publicada por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en su ya famoso geoportal estándar de estaciones de servicio que utiliza servicios OGC. Hay varias aplicaciones similares.

En fin, que la falta de un marco legal adecuado no sirve ya como excusa, tenemos: La Directiva PSI (2003/98/CE) , la Ley 37/2007 de reutilización de la información del sector público y el RD 4/2010.

Las iniciativas puestas en marcha en este sentido son muy loables, constituyen ejemplos excelentes de qué cosas se pueden hacer para publicar los datos públicos, pero queda mucho por hacer, los Ministerios y las Universidades están repletos de datos de enorme utilidad. Y, como concluye el artículo, no sólo hay que publicar información, además hay que hacerlo bien: utilizando estándares abiertos, acompañándolos de metadatos que los describan adecuadamente, con unas condiciones de uso claras y muy difundidas, organizados en catálogos y directorios que faciliten su búsqueda y, a ser posible, en las tres modalidades posibles (en una página web, como fichero para descarga y como servicio web), para que el usuario escoja lo que más le conviene.

Y no estaría de más aplicar aquí una suerte de variante del imperativo categórico de Kant, que se puede resumir en el clásico "no hagas lo que no deseas que hagan otros" y "haz lo que te gustaría que otros hiceran", recomendando a todas las personas y organizaciones que han accedido a datos públicos disponibles que pongan a su vez a disposición de todos los resultados y productos derivados que obtengan.

Publicado por Antonio F. Rodríguez

2 ago. 2010

Nueva versión de CatMDEdit


Nos complace anunciar que ya está disponible una nueva versión del editor de metadatos, CatMDEdit (versión 4.6.5), bajo licencia de Software Libre (GNU Lesser General Public License). Esta aplicación es una iniciativa del Instituto Geográfico Nacional de España (IGN) y fruto de la colaboración científico/técnica con el Grupo de Sistemas de Información Avanzados de la Universidad de Zaragoza (IAAA) y el apoyo tecnológico de GeoSpatiumLab (GSL).

CatMDEdit es una herramienta de edición de metadatos que facilita la documentación de recursos, con especial interés en la descripción de recursos geográficos. En su versión 4.6.5 se incluyen las siguientes novedades:

  • Edición de metadatos en ISO 19115 conforme a la revisión de las especificaciones del Núcleo Español de Metadatos (NEM v1.1).


  • Documentación de servicios conforme a las Normas de Ejecución de metadatos de la Directiva INSPIRE para descripción de servicios (y su correspondencia con ISO.
  • 19115/19119).

  • Generación automática de registros de metadatos de servicios a partir de la operación "getCapabilities" soportada por los servicios que siguen las especificaciones de OGC (WMS, CSW, WFS, WCS o WPS).


  • Mejoras generales en el funcionamiento e interfaz de la aplicación.
CatMDEdit puede descargarse de las siguientes direcciones:
http://catmdedit.sourceforge.net/
http://catmdedit.forge.osor.eu/

Publicado por Grupo de Sistemas de Información Avanzados de la Universidad de Zaragoza (IAAA)
GeoSpatiumLab (GSL)