La Agencia Española de Protección de Datos ha publicado dos nuevas guías: una sobre la protección de los datos que se reutilizan y otra para facilitar los procedimientos de anonimización de datos personales.
La primera, titulada «Orientaciones sobre protección de datos en la reutilización de la información del sector público» recoge una serie de aspectos a tener en cuenta por los gestores de las instituciones públicas para impulsar
la reutilización de los datos (RISP) con las debidas garantías en cuanto a protección de datos. La segunda, las «Orientaciones
y garantías en los procedimientos de anonimización de datos personales» proporciona unas pautas útiles para implementar esas técnicas.
La
Ley 37/2007, modificada por la Ley 18/2015, sobre RISP establece la obligación
inequívoca de las Administraciones y organismos del sector público de
autorizar
la reutilización de los documentos y ampliar su ámbito de aplicación a
las bibliotecas, los museos y los archivos. La Ley señala que la
reutilización de documentos que contengan datos de carácter personal se
regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999
de protección de datos de carácter personal (LOPD).
Los principales riesgos asociados a
la reutilización están relacionados con la reidentificación
de los ciudadanos, teniendo en cuenta el valor económico de los datos
personales y los perfiles de conducta que pueden obtenerse a partir de
ellos. Sin embargo la constatación
de estos riesgos no debería conducir a la restricción de las
posibilidades de reutilización de la información del sector público,
máxime teniendo en cuenta las innegables ventajas que puede suponer en las actividades de innovación, crecimiento de la economía
e impulso de la sociedad de la información y el conocimiento.
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