El martes pasado, 16 de julio, ha entrado en vigor 20 días después de su publicación la nueva Directiva europea sobre datos abiertos y reutilización, la Directiva EU 2019/1024 del Parlamento europeo y el Consejo. Una reforma adicional a las dos Directivas ya aprobadas, la 2003/98/CE y la 2013/37/UE, forzada por la rápida evolución de una sociedad basada en datos, que tenemos dos años de plazo, hasta el 16 de julio de 2021 para trasponer al marco legal español.
En la nueva directiva, se define reutilización como el uso por personas físicas o jurídicas de documentos en poder de los organismos y empresas públicas con fines comerciales o no comerciales distintos del propósito inicial que tenían. En cambio la ley española 18/2015 define reutilización como el uso de documentos del sector público para cualquier propósito. Una diferencia que habrá que ajustar.
La nueva directiva extiende su ámbito de aplicación a:
- Las empresas públicas (las dominadas mayoritariamente por organismos públicos), siempre que actúen en determinados sectores (agua, energía, transportes y servicios postales), que proporcionen un servicio público y no actúen en un régimen de libre competencia.
- Los datos de investigación cuando estén financiados con fondos públicos.
- Los metadatos.
- Los datos dinámicos, esenciales en las aplicaciones de Inteligencia Artificial.
Como novedades, se hace hincapié en el principio de documentos abiertos por diseño y por defecto, se recomiendan las licencias tipo, se establecen garantías de transparencia, hay excepciones a la obligación de cobrar costes marginales para los organismos a los que se les exige autofinanciarse totalmente o en parte, a las bibliotecas y a las empresas públicas y se establecen condiciones y garantías sobre los acuerdos exclusivos.
Se define además el concepto de datos de alto valor, datos que pueden generar grandes beneficios socioeconómicos, beneficiar a la sociedad y ser fácilmente combinados con otros. Son los datos geoespaciales, de observación de la Tierra y ambientales, meteorológicos, estadísticos, sobre sociedades y propiedad de las sociedades, y sobre movilidad.
Esos datos se publicarán gratuitamente, en formatos legibles por máquinas, a través de API y mediante descarga masiva cuando proceda.
Para más información, véase este artículo y el texto completo en español de la nueva directiva.
Se define además el concepto de datos de alto valor, datos que pueden generar grandes beneficios socioeconómicos, beneficiar a la sociedad y ser fácilmente combinados con otros. Son los datos geoespaciales, de observación de la Tierra y ambientales, meteorológicos, estadísticos, sobre sociedades y propiedad de las sociedades, y sobre movilidad.
Esos datos se publicarán gratuitamente, en formatos legibles por máquinas, a través de API y mediante descarga masiva cuando proceda.
Para más información, véase este artículo y el texto completo en español de la nueva directiva.
Publicado por el editor.
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