El gobierno portugués ha definido como datos abiertos la información geográfica oficial y homologada a escalas 1:10 000 o superior, vectorial o en forma de ortofotos, información que integra la llamada Base de Datos Nacional de Cartografía (BDNC).
El 1 de diciembre ha finalizado el periodo transitorio y es plenamente efectivo el Decreto Ley 130/2019, publicado el 30 de agosto, que viene a modificar el 193/1995, de 28 de julio sobre los principios y normas que debe seguir la producción cartográfica en el territorio portugués.
Entre otras novedades incluye:
- La reforma de la composición del Consejo Coordinador de Cartografía (Conselho Coordenador de Cartografia), liderado por la Direção-Geral do Território (dgT), encargado de coordinar la producción cartográfica del país.
- El encargo de que sea la dgT el organismo responsable de la constitución y coordinación de la BDNC.
- Que la propiedad de la BDNC sea compartida entre la dgT y los organismos que colaboran en su producción, siguiendo una política de datos abiertos que no restrinja su utilización generalizada y su acceso público.
- Que siempre que sea posible la producción vectorial y de ortofotos a escala 1:10 000 se realizará mediante acuerdos entre la dgT y las autoridades municipales e intramunicipales.
- Que es obligatorio para una serie de procedimientos oficiales (Programas y planos territoriales) el uso de la información oficial y homologada por la dgT o las autoridades regionales e inscrita en el Registro nacional de Datos Geográficos.
- Los requisitos de exactitud posicional que debe cumplir la cartografía homologada.
- Un régimen sancionador, con multas bien definidas, que revierten en un 60 % al Estado y en un 40 % al organismo que las aplica.
Publicado por el editor.
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