10 dic 2021

Modificación a la Ley 37/2007 sobre reutilización de la información del sector público


El pasado mes de noviembre se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 24/2021, de 2 de noviembre, que, en su artículo 64,  incluye la modificación a la Ley 37/2007, de 16 de noviembre, sobre reutilización de la información del sector público con el fin de incorporar al ordenamiento jurídico español las novedades que recoge la Directiva (UE) 2019/1024 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, relativa a los datos abiertos y la reutilización de la información del sector público.

El plazo máximo otorgado a los Estados miembros para su incorporación a los ordenamientos jurídicos internos de esa Directiva había finalizado ya el pasado 17 de julio.

Las principales novedades que se incluyen en la norma son las siguientes:

  • Se amplía del ámbito de aplicación: La ley a partir de ahora afecta a una parte de las sociedades mercantiles públicas (que en la directiva denominan en español como «empresas públicas»). También incorpora dentro del alcance los datos de investigación. 
  • Con respecto al formato de los documentos, para facilitar la reutilización, las organismos públicos facilitarán sus documentos por medios electrónicos, en formatos que sean abiertos, accesibles, fáciles de localizar y reutilizables, conjuntamente con sus metadatos. Adicionalmente, pondrán a disposición datos dinámicos para su reutilización inmediatamente después de su recopilación, a través de APIs y, cuando proceda, en forma de descarga masiva. 
  • Se introduce el concepto de «Conjuntos de datos de alto valor» considerados como tales por sus beneficios para la sociedad, el medio ambiente y la economía.
  • En cuento a la tarifación, se establece que la reutilización de documentos será gratuita. No obstante, se contemplan algunas excepciones y que se pueda aplicar una tarifa limitándose a costes marginales en que se incurra para su reproducción, puesta a disposición, difusión, anonimización de datos personales y las medidas adoptadas para proteger información comercial confidencial. 
  • Se procura una mayor transparencia al establecimiento de acuerdos exclusivos y se reducen aún más las condiciones para realizar este tipo de acuerdos.

Publicado por la editora.

1 comentario:

Oscar dijo...

A ver si lo aplican de una vez los del IGME, que ya es vergonzoso. Sobre todo lo de la gratuidad y lo de los formatos abiertos y reutilizables.