En el BOE del pasado sabado se publicaron, en forma de Real Decreto, varias Normas Técnicas de Interoperabilidad (NTI). Las NTI son un desarrollo previsto en el Esquema Nacional de Interoperabilidad, regulado por Real Decreto 4/2010. Recordemos que se trata del conjunto de criterios y recomendaciones en materia de seguridad, conservación y normalización de la información, de los formatos y de las aplicaciones que deberán ser tenidos en cuenta por las Administraciones Públicas para la toma de decisiones tecnológicas que garanticen la interoperabilidad.
Las NTI desarrollan aspectos concretos de diversas cuestiones necesarios para asegurar los aspectos más prácticos y operativos de la interoperabilidad entre las Administraciones públicas y con el ciudadano. La relación de normas incluida en la citada disposición adicional primera es la siguiente:
- Documento electrónico.
- Digitalización de documentos.
- Expediente electrónico.
- Política de firma electrónica y de certificados de la Administración.
- Requisitos de conexión a la Red de comunicaciones de las Administraciones Públicas españolas.
- Procedimientos de copiado auténtico y conversión entre documentos electrónicos, así como desde papel u otros medios físicos a formatos electrónicos.
- Modelo de Datos para el intercambio de asientos entre las Entidades Registrales.
Aún quedan pendientes las correspondientes a:
- Protocolos de intermediación de datos.
- Relación de modelos de datos que tengan el carácter de comunes en la Administración y aquellos que se refieran a materias sujetas a intercambio de información con los ciudadanos y otras administraciones.
- Política de gestión de documentos electrónicos.
Más información en la página dedicada a Interoperabilidad del Portal de Administración Electrónica.
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