8 mar 2013

Norma Técnica de Interoperabilidad de Reutilización de recursos de la información

Para vuestra información os comento que el pasado 4 de Marzo salió publicado en el BOE la Resolución de 19 de febrero de 2013, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Norma Técnica de Interoperabilidad de Reutilización de recursos de la información.

La resolución dice lo siguiente acerca de lo que es la Norma Técnica de Interoperabilidad de Reutilización de recursos de la información:
La Norma técnica de interoperabilidad de reutilización de recursos de información establece condiciones comunes sobre selección, identificación, descripción, formato, condiciones de uso y puesta a disposición de los documentos y recursos de información elaborados o custodiados por el sector público, relativos a numerosos ámbitos de interés como la información social, económica, jurídica, turística, sobre empresas, educación, etc., cumpliendo plenamente con lo establecido en la (...) Ley 37/2007.

Estas condiciones tienen el objetivo de facilitar y garantizar el proceso de reutilización de la información de carácter público procedente de las Administraciones públicas, asegurando la persistencia de la información, el uso de formatos así como los términos y condiciones de uso adecuados.
La presente norma técnica se ha elaborado con la participación de todas las Administraciones públicas a las que les es de aplicación, ha sido informada favorablemente por la Comisión Permanente del Consejo Superior de Administración Electrónica y propuesta por el Comité Sectorial de Administración Electrónica.
Publicado por Jesús Pla

1 comentario:

funcion publica dijo...

Creo que lo importante de todo esto es el fomento del respeto por los datos y trabajo de las instituciones públicas, así como el buen uso de los datos. Entre otras cosas importantes, hay que resaltar que las componentes, indicadores y metadatos definidos en la norma técnica también hacen referencia a un aspecto fundamental como son las
condiciones de uso o licencia específica del documento o recurso de información, que tambien contempla la
posibilidad de indicar incluso contraprestación económica . Es fundamental dar a conocer la legislación referente a la ley
37/2007 sobre:

- Que el contenido de la información no sea alterado.
- Que no se desnaturalice el sentido de la información.
- Que se cite la fuente.
- Que se mencione la fecha de la última actualización

etc..etc...

y otras cosas que a veces los usuarios pasan por alto, para que algunos de los nuevos modelos de negocio no se estrellen por hacer mal uso de los datos públicos.