La interoperabilidad es una premisa clave para facilitar las relaciones entre diversas entidades, de especial trascendencia en el contexto europeo, al facilitar servicios públicos digitales transfronterizos y garantizar derechos ligados a la libre circulación de personas.
Con la finalidad de adoptar un marco normativo que facilite el intercambio de datos transfronterizo para garantizar el correcto funcionamiento de los servicios públicos digitales a nivel europeo, se ha impulsado la aprobación del Reglamento (UE) 2024/903 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de marzo de 2024, por el que se establecen medidas a fin de garantizar un alto nivel de interoperabilidad del sector público en toda la Unión, denominado Reglamento sobre la Europa Interoperable. Normativa directamente aplicable con carácter general en toda la Unión Europea desde el día 12 de julio de 2024.
Esta regulación, busca garantizar la interoperabilidad transfronteriza en servicios públicos digitales transeuropeos, como sería el caso del cambio de residencia para trabajar o estudiar en otro Estado miembro, el reconocimiento de títulos académicos, el acceso a datos de salud y Seguridad Social o el intercambio de datos fiscales. En definitiva, todos aquellos servicios que aplican el principio de «solo una vez» para acceder a datos transfronterizos e intercambiarlos.
Las principales medidas que contempla el Reglamento son:
- Evaluación de interoperabilidad: Obligatoria desde enero de 2025, con carácter previo a las decisiones sobre servicios digitales transeuropeos. Los resultados deben publicarse en un sitio web oficial, en formato legible y traducible automáticamente.
- Compartición de soluciones: Las entidades deben compartir documentación técnica, código fuente y estándares utilizados, con ciertos límites, como el derecho de propiedad intelectual. Estas soluciones se publicarán en el nuevo Portal de la Europa Interoperable.
- Habilitación de sandboxes: Espacios controlados de pruebas de interoperabilidad, gestionados bajo supervisión legal cuando impliquen datos personales.
- Gobernanza centralizada: Creación de un comité con representantes de los Estados y la Comisión, para coordinar, supervisar y desarrollar criterios de interoperabilidad. Los Estados deben designar una autoridad competente para aplicar el Reglamento antes de enero de 2025.
El intercambio de datos entre organismos públicos es clave para garantizar la eficacia en la realización de los trámites desde la perspectiva de la buena administración. El nuevo Reglamento sobre la Europa Interoperable refuerza este objetivo, pero requiere apostar decididamente por un modelo de gestión documental basada principalmente en datos.
Publicada por la editora.
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