Ayer un buen amigo me volvió a plantear el problema de la interoperabilidad de licencias. Y es que tenemos interoperabilidad de Sistemas de Referencia de Coordenadas, de formatos, de metadatos, de servicios, de sistemas... de casi todo menos de licencias de uso.
Si nos bajamos datos geográficos generados por dos organizaciones diferentes y queremos integrarlos en un conjunto de datos nuevo y generar una obra derivada, a menudo nos encontramos con dos textos de licencia, si tenemos suerte en nuestro idioma, bastante largos y probablemente nos veamos obligados a contratar a un abogado para que nos diga si el uso que pretendemos reralizar está permitido o no. Ni siquiera es fácil saber cómo hacer dos reconocimientos la vez.
Bueno, vamos a empezar a recopilar ideas que puedan ayudar un poco al atribulado productor de datos y a los usuarios:
- La Comisión Europea recomienda el uso de licencias implícitas, que no nos piden que nos registremos ni aceptemos nada y su uso implica su aceptación, y licencias tipo, licencias públicas que están en Internet, que son
estándar y todo el mundo sabe cómo funcionan, como por ejemplo las Creative Commons (CC).
- Así que:
© copyright
CC0 Dominio público
CC-BY Creative Commons Reconocimiento
CC-BY-SA Creative commons Reconocimiento - Compartir igual
ODBL Open DataBase License
Son licencias implícitas, estándar e interoperables porque su mero uso implica su aceptación, son públicas, están muy extendidas, son bien conocidas y se sabe cómo se mezclan entre sí y a qué son aplicables.
Una licencia no estándar, en cambio, aún si se basa en un texto accesible en Internet, puede plantear a veces muchas complicaciones. Un usuario que no conozca el idioma de la licencia tiene que contratar a un traductor jurado para que le traduzca la licencia y a un abogado para que se la interprete con garantías si es muy complicada.
- Las últimas versiones de las Creative Commons, las 4.0, tiene además la ventaja de que son internacionales (ya están traducidas a un gran número de idiomas y adaptadas a los marcos legales de más de 60 países), incorporan otras mejoras y son aplicables a las Bases de Datos. Este último punto es muy importante porque como los mapas digitales tienen una estructura y casi todos están almacenados en BD, están bajo el campo de aplicación de esta nueva versión. (CC 3.0 no era aplicable a BD en Europa, por eso OpenStreetMap migró de CC-BY-SA 3.0 a ODBL).
- Por otro lado, muchas organizaciones e iniciativas apoyan los datos abiertos (el G8, el G20, la ONU, la Unión Europea, el Convenio de Aarhus, las Directrivas de reutilización 2003/98/CE y 2013/37/UE, la Open Data Charter, la International Open Data Charter...), proliferan los portales Open Data (hay ya 113 en España) y la Open Knowledge Foundation define datos abiertos como los que pueden estar, como mucho bajo CC0, CC-BY, CC-BY-SA o licencias equivalentes.
Así que, al publicar datos geográficos en la red para su descarga es aconsejable: publicar las condiciones de uso (cosa que a veces no se hace); y utilizar una licencia implícita y estándar. Las CC 4.0 son una muy buena opción por las ventajas que conllevan. Y sobre si cuál es más recomendable, si la CC-BY 4.0 o la CC-BY-SA, depende de cada caso y hay opiniones para todos los gustos. A mí la CC-BY 4.0 me parece más sencilla y más general.
¿Tenéis más información relevante u opiniones?
Salud e interoperabilidad.
Publicado por Antonio F. Rodríguez.